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•Facebook Twitter Google+ y protección del consumidor
Las redes sociales obligadas a respetar la normativa Europea
La semana pasada (16 de febrero), se publicaron los cambios introducidos por Facebook, Twitter y Google+ para adaptar sus condiciones de servicio a la normativa europea de protección de los consumidores.

De estos cambios ya se  benefician una gran parte de los consumidores europeos que usan las redes sociales: los consumidores europeos ya no se ven obligados a renunciar a sus derechos como consumidores, como por ejemplo el de poder anular cualquier compra hecha por Internet, y pueden presentar sus reclamaciones en Europa en lugar de tener que hacerlo en California; por su parte, los operadores tienen que asumir su parte de responsabilidad tal como lo hace cualquier otro prestamista de servicios no online. Ahora bien, a pesar de los cambios introducidos, sólo se han satisfecho parcialmente los requisitos de la normativa europea sobre consumo.

La comisaria europea de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género, Vera Jourová, ha dicho: «Cómo las redes sociales también se usan como plataformas comerciales y publicitarias, hace falta que respeten la normativa sobre protección de los consumidores. Me llena, pues, de satisfacción que la aplicación de la normativa europea de protección de los consumidores por parte de las administraciones nacionales esté dando sus primeros frutos porque es cierto que hay operadores que han hecho un esfuerzo para ofrecer más seguridad a los consumidores; aún así, es inaceptable que esta adaptación todavía no se haya completado del todo a pesar de que se esté tardando tanto de tiempo a hacerlo. Esto confirma que hace falta una nueva política de protección del consumidor, es decir, que hay que respetar la normativa europea en materia de consumo y, por lo tanto, que a quien no la respete se le tienen que poder imponer sanciones»,

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Las últimas propuestas de Google parecen ir en la línea de las exigencias de las autoridades nacionales de consumo, pero Facebook, y todavía más Twitter, sólo se  han puesto parcialmente a respetar cuestiones importantes relacionadas con su responsabilidad y con la manera como informan los usuarios de la eventual retirada de contenidos o de la posibilidad de rescindir contratos unilateralmente.

En cuanto al «procedimiento de notificación y acción» utilizado por las autoridades nacionales de consumo para notificar y pedir la eliminación de contenidos ilegales, las modificaciones introducidas por parte de algunos operadores todavía son insuficientes. Google+ ha establecido un protocolo y unos plazos para tramitar las solicitudes, pero Facebook y Twitter sólo han aceptado facilitar una dirección de correo electrónico a la cual las autoridades nacionales pueden dirigirse para notificar infracciones, sin que los operadores se hayan comprometido a tramitarlo en un plazo determinado.

A raíz de las numerosas denuncias de consumidores que han sufrido fraudes o estafas a la hora de usar un web o que han tenido que respetar unas condiciones que no se ajustan a la legislación europea en materia de consumo, en el mes de noviembre del 2016 se empezaron a aplicar una serie de medidas de ejecución.

Desde entonces, los operadores aceptaron  modificar las siguientes condiciones:
-Las condiciones de servicios que limitan o excluyen totalmente la responsabilidad de los operadores en relación con la prestación de su servicio;

-Las condiciones que obligan a los consumidores europeos a renunciar a sus derechos inalienables, como por ejemplo el de retractarse de una compra hecha por Internet;

-Las condiciones que privan a los consumidores de su derecho a recurrir a los órganos jurisdiccionales del estado miembro de residencia y los someten al derecho y jurisdicción  de California;

-Las condiciones que eximen a los operadores de la  obligación de tener que notificar la información comercial y los contenidos patrocinados.

Los operadores se han comprometido a introducir durante el primer trimestre del 2018 los cambios necesarios en sus condiciones de servicio en todas las versiones lingüísticas.

Próximas etapas
Tal como ya indicaba en su comunicación sobre la lucha contra los contenidos ilegales en Internet publicada el mes de septiembre del 2017, la Comisión espera que los operadores detecten, eliminen y prevengan rápidamente y de manera proactiva la reaparición de contenidos ilegales en sus plataformas.

Las autoridades nacionales de protección del consumidor y la Comisión supervisarán la aplicación de los cambios prometidos y harán un uso activo del procedimiento de notificación y acción facilitado por los operadores. Se centrarán en los contenidos comerciales ilegales relacionados con suscripciones no deseadas y otros fraudes. Por otro lado, las autoridades nacionales podrán tomar las medidas adecuadas, incluidas si procede medidas de ejecución.

El próximo mes de abril la Comisión presentará un nuevo acuerdo para proteger mejor a los consumidores, la finalidad del cual será modernizar el derecho del consumo y garantizar su cumplimiento.

Trasfondo de la cuestión

El 16 de marzo del 2017 las autoridades europeas de consumo y la Comisión Europea se reunieron con los operadores para oir y debatir las soluciones que proponían. A raíz de esta reunión, los operadores han introducido algunos cambios en sus condiciones de servicio.  Aún así, la Comisión y las autoridades nacionales de consumo consideran que es urgente introducir más cambios.

El mes de noviembre del 2016 la administración de cooperación para la protección del consumidor de la dirección general francesa de la Competencia, Consumo y Represión del Fraude (DGCCRF) envió una posición común a Facebook, Twitter y Google+, pidiéndoles que mejoraran una serie de cláusulas contractuales y establecieran un sistema para impedir el tráfico ilícito de contenidos comerciales, previa notificación.

Los reglamentos europeos en materia de protección de los consumidores reúnen a las autoridades nacionales de consumo en una red paneuropea cuya finalidad es hacer cumplir la ley. Gracias a esta red, las autoridades nacionales se pueden dirigir a sus homólogas de otros estados miembros para pedir que intervengan en casos de infracción  transfronteriza de la normativa europea. 

Se trata de colaborar en la aplicación de varios actos legislativos relacionados con la protección de los consumidores, como por ejemplo la Directiva sobre prácticas comerciales desleales, la Directiva sobre comercio electrónico, la Directiva sobre los derechos de los consumidores o la Directiva sobre cláusulas contractuales abusivas.

En el marco de esta colaboración, las autoridades nacionales tienen que comprobar periódicamente cuestiones de interés común sobre la protección de los consumidores en el mercado único y tienen que coordinar sus actividades de supervisión del mercado y las posibles medidas de ejecución. La Comisión facilita el intercambio de información entre las autoridades nacionales y su coordinación.
Los operadores tienen que asumir una mayor responsabilidad en cuanto a la supervisión de los contenidos. La Comunicación ofrece una serie de herramientas para prevenir, detectar y eliminar rápidamente los contenidos ilegales en Internet y evitar que  vuelvan a aparecer.


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